Inspecció de Treball, la dirección de Codorniu y la representación de los trabajadores han llegado a un principio de acuerdo para el ERE planteado por la empresa
Las negociaciones del ERE de Codorniu parece que han llegado a buen puerto. Los trabajadores de Codorniu, que tiene oficinas en Esplugues -y cuyos trabajadores serán trasladados a Sant Sadurní tras el cierre de las mismas-, fueron a la huelga la pasada semana tras el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) presentado por la empresa. Sin embargo, la convocatoria de huelga indefinida, por parte de CCOO, a partir del 8 de abril, previsiblemente no se materializará tras llegar Inspecció de Treball, la dirección de la empresa y los representantes de los trabajadores a un principio de acuerdo.
El preacuerdo sobre el ERE de la compañía está supeditado a la ratificación por la asamblea de trabajadores. Con la formalización del acuerdo, del número de afectados propuestos por la dirección se reduce en 9, con lo que quedaría un máximo de 70 afectados.
Por otro lado, en el apartado de condiciones económicas, se establece un plan de rentas para los trabajadores con 56 años cumplidos y los que cumplan 57 años durante este año, con un 77% del sueldo neto anual hasta cumplir los 62. A los trabajadores que durante el presente año cumplan o hayan cumplido 58 años, el 82% del salario neto anual hasta cumplir los 62. A los que durante en 2019 cumplan o hayan cumplido 59 años, el 87% del salario neto anual hasta cumplir los 63. Y a los que cumplan o hayan cumplido 60 o 61 años, el 92% del salario neto anual hasta cumplir los 63 años. Para las extinciones de contrato, se establece una indemnización de 38 días y 28 mensualidades con un tope de 75.000 euros. Este es el acuerdo económico que las tres partes implicadas han llegado y que ahora debe ser ratificado por los empleados de Codorniu.
Estas condiciones, tras su ratificación en asamblea, no afectarán a los trabajadores que tengan condición de familia monoparental o hijos con un 33% de discapacidad. Además, en este acuerdo se establece una cláusula de garantía de ocupación que fija que, si la empresa presentase de nuevo planes de despido colectivos en los próximos tres años, las condiciones de salida de los empleados serían de 40 días por año trabajado, con un máximo de 30 mensualidades y un límite de 80.000 euros.