Sant Boi

La Zona de Bajas Emisiones de Sant Boi comenzará a funcionar en septiembre

Redacción | Lunes 26 de agosto de 2024
A partir del 1 de septiembre, Sant Boi implementará una Zona de Bajas Emisiones (ZBE) que restringirá la circulación de vehículos sin etiqueta ambiental de lunes a viernes. Desde enero de 2025 se sancionarán infracciones. Existen excepciones para ciertos vehículos y se pueden solicitar autorizaciones temporales.

A partir del domingo 1 de septiembre entra en funcionamiento la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Sant Boi. Durante los primeros meses, desde septiembre hasta terminar el año 2024, se abrirá un periodo informativo para dar a conocer toda la normativa general y las excepciones previstas. Con la entrada del nuevo año terminará el periodo informativo: a partir del 1 de enero de 2025, las infracciones serán motivo de sanción.

La implantación de una Zona de Bajas Emisiones es obligatoria, por ley, en las ciudades de más de 50.000 habitantes. La ZBE restringirá la circulación de los vehículos más contaminantes en el centro urbano, una medida destinada a mejorar la calidad del aire y la salud de los ciudadanos, como parte de las recientes políticas de medioambiente. Esta misma medida se ha aplicado en otras grandes ciudades del Baix Llobregat, como El Prat, Gavà o Viladecans, que ya tienen ZBE desde el pasado 1 de julio.

La ZBE de Sant Boi estará delimitada por la ronda de Sant Ramon, la carretera C-225, la carretera de Sant Vicenç, la avenida de Can Carreres y las calles Frederic Mompou y Benviure. Dentro de esta zona, los vehículos sin etiqueta ambiental no podrán circular de lunes a viernes desde las 7h hasta las 20h. Por lo tanto, cualquier vehículo podrá circular con total normalidad durante los fines de semana, los días festivos y en horario nocturno a partir de las 20h.

Excepciones para ciertos propietarios

Las restricciones de la ZBE solo afectarán a los vehículos que no tienen etiqueta ambiental, que solo suponen el 6% de los vehículos que circulan normalmente por Sant Boi). Los vehículos con etiquetas B, C, ECO o ZERO no se verán afectados por esta nueva normativa.

Los propietarios de vehículos sin etiqueta podrán acogerse a las excepciones y autorizaciones temporales que se contemplan en la ordenanza que regula la ZBE. Estarán exentos a las restricciones todos aquellos vehículos destinados al transporte de personas con movilidad reducida, de personas con enfermedades o discapacidades que no permiten el uso del transporte público, o de personas que reciben tratamiento médico periódico en centros sanitarios que se encuentran dentro de las delimitaciones de la Zona. Además, también están exentos los propietarios de vehículos sin etiqueta que tengan una renta baja o profesionales que estén cercanos a la jubilación (que se vayan a jubilar, como máximo, en los próximos cinco años).

Proceso para solicitar las excepciones y autorizaciones

Además, los vehículos sin etiqueta tienen derecho a pedir autorizaciones para circular por la Zona de Bajas Emisiones sin restricciones, pero solo 24 días cada año. Para poder beneficiarse de estos permisos y de las excepciones mencionadas, es necesario que los titulares de los vehículos se inscriban previamente en el Registro Metropolitano de Vehículos.

Todo el listado de excepciones y los requisitos para poder solicitarlas se pueden consultar en la página web oficial (zberegistre.ambmobilitat.cat).

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