El Prat

El viaje de vuelta de las vacaciones: descubre los derechos de los pasajeros con discapacidad

Servicio de asistencia a personas con movilidad reducida en el Aeropuerto Josep Tarradellas Barcelona - El Prat
Redacción | Martes 27 de agosto de 2024
Muchos viajeros con discapacidad desconocen sus derechos a la hora de viajar en avión. En España, AENA asegura una asistencia adicional para estos pasajeros, que deben solicitar ayuda con 48 horas de antelación y pueden reclamar si se vulneran sus derechos.

Con el mes de agosto llegando a su fin y septiembre a la vuelta de la esquina, las vacaciones y los viajes ya suenan a cosas del pasado, a recuerdos y nostalgia, más que a planes de futuro. Pero a muchos aún les queda el viaje de vuelta. Sin embargo, muchos viajeros todavía desconocen sus derechos como pasajeros.

Uno de los colectivos más afectados por los ‘estreses’ a la hora de viajar son las personas con discapacidad. AirHelp, la empresa defensora de los derechos de los viajeros aéreos, ha descubierto que más de 500.000 españoles encuentran limitaciones debidas a su discapacidad durante sus viajes en avión, según los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE).

Los pasajeros con discapacidad disponen de ciertos derechos y necesidades adicionales que pueden solicitar durante sus viajes, según ha revelado AirHelp. Aunque las leyes cambian de uno a otro país, están pensadas para facilitar los viajes al mayor número de personas posibles. Algunas normativas están orientadas a asegurar la accesibilidad en los aeropuertos y aviones, y otras regulan la asistencia a los pasajeros durante toda la experiencia del viaje.

Servicio de asistencia para personas con discapacidad

En España, AENA se encarga de dar servicio de asistencia tanto a personas con discapacidad permanente, como a personas con movilidad reducida de carácter temporal (por ejemplo, personas mayores, mujeres embarazadas o personas que viajan con niños pequeños). En el Aeropuerto de El Prat, también pueden solicitar asistencia las personas afectadas por discapacidades 'invisibles' que necesiten apoyo en entornos estresantes, a través del servicio 'Sin Barreras'.

La asistencia a estas personas está garantizada por las legislaciones y reglamentos de los países, que aseguran un viaje digno y cómodo para todos los pasajeros. Esta asistencia la deben prestar las compañías aéreas y los aeropuertos durante todo el viaje. Los pasajeros, según su condición y sus necesidades, tienen derecho a solicitar ayuda para facturar y trasladar su equipaje y para desplazarse por el aeropuerto, así como para embarcar en el avión (con ascensores, plataformas de acceso u otras instalaciones). Además, estos pasajeros pueden beneficiarse de un trato prioritario en todos los servicios del avión y el aeropuerto.

Solicitar asistencia como mínimo dos días antes de viajar

Las aerolíneas recomiendan avisar con una antelación mínima de 48 horas para solicitar esta asistencia: antes del viaje, deben ponerse en contacto con la aerolínea indicando el tipo de asistencia que se necesita. Los pasajeros que necesiten el apoyo de una persona o un perro de asistencia tienen derecho a solicitar el permiso, siempre y cuando lo notifiquen a la aerolínea con la antelación suficiente.

De hecho, en algunas ocasiones es la propia compañía quien solicita al pasajero que viaje acompañado, si por ejemplo necesita una administración periódica de medicamentos o ayuda para comer (sobre todo, en vuelos largos). En este caso, la aerolínea debe asegurarse de que pasajero y acompañante se sienten juntos, y de que el acompañante esté plenamente capacitado a suplir estas necesidades.


Derecho a reclamaciones

Si alguno de estos derechos se viera vulnerado, tanto por la aerolínea del viaje o por cualquiera de los aeropuertos (origen o destino), el pasajero tiene derecho a presentar una queja a la compañía aérea o al operador aeroportuario. En su queja, los pasajeros pueden reclamar una indemnización a la entidad responsable por los daños o molestias de la situación.

Además, ante un vuelo retrasado o cancelado, las personas con discapacidad tienen los mismos derechos que el resto de pasajeros, e incluso se les debe dar prioridad en caso de tener que recurrir a un vuelo alternativo en sustitución a uno cancelado.

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