El calendario oficial de fiestas laborales en Cataluña para el año 2025 introduce una interesante novedad: un décimo tercer día festivo de carácter recuperable.
Esta medida incide en una mayor flexibilidad del calendario laboral y puede enmarcarse dentro del debate general sobre la cultura del trabajo en nuestros días, siempre en permanente controversia y todavía bajo los efectos de la sacudida que ha supuesto la extensión del teletrabajo en muchos sectores productivos.
La medida ofrece una mayor autonomía a los trabajadores, que verían aumentadas las opciones de conciliar su vida laboral con la personal o familiar. Además, la productividad de algunas empresas también podría beneficiarse en el caso de necesitar concentrar la presencia de sus empleados en días determinados. Sin embargo, quizá no todo sean flores y violas. Su aplicación en el seno de las empresas no debe ser discrecional, sino equitativa entre todos los empleados para evitar conflictos. Mientras tanto, algunas de estas empresas podrían verse resentidas en la organización de los turnos de trabajo y, por tanto, en su capacidad operativa.
En última instancia, todo sugiere que las bonanzas de ese nuevo festivo recuperable dependerán de las casuísticas propias de cada sector productivo. Y que su éxito pasa necesariamente por que las empresas y trabajadores establezcan de manera consensuada marcos generales de aplicación para que ambas partes salgan beneficiadas.
A la espera de que así sea y la medida suponga un paso más en la humanización del trabajo, demos paso ahora al paréntesis navideño para, en la medida de lo posible, aparcar unos días aquello que nos ocupa el resto del año (y ello incluye esta columna) y disponernos a compartir buenos sentimientos y voluntades con nuestros seres queridos.
Buenas fiestas y feliz año a todos y todas! III